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Publicadas las bases generales de las convocatorias de los concursos-oposición de las OEP de 2022, 2023 y 2024 para centros sanitarios

OEP BASES OPOSICIONES

La Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía ha publicado las bases generales de las convocatorias que van a regir los procesos selectivos de concurso-oposición para cubrir plazas básicas vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de instituciones sanitarias de la Junta y las ofertas de empleo público de los años 2022, 2023 y 2024 para los centros sanitarios del SAS.

La Resolución de 22 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud publicada en el BOJA, rige tanto para los sistemas de acceso libre y de promoción interna. En concreto se trata de las plazas aprobadas mediante los decretos:

  • Decreto 567/2022, de 27 de diciembre (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre)
  • Decreto 287/2023, de 27 de diciembre (BOJA extr. núm. 27, de 27 de diciembre)
  • Decreto 274/2024, de 26 de diciembre (BOJA núm. 252, de 31 de diciembre)

Posteriormente se publicarán las bases específicas de cada convocatoria se recogerán las peculiaridades respecto a estas bases comunes, así como los anexos específicos requeridos para su desarrollo, y en ellas se indicará el número de plazas ofertadas para su cobertura por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, el número de plazas convocadas en el cupo general y, en su caso, el número de plazas reservadas para su cobertura por personas con discapacidad.

La fase de concurso es eliminatoria.

a) La puntuación de la fase de oposición supondrá el 50% de la puntuación total del concurso-oposición.
b) La puntuación de la fase de concurso supondrá el 50% de la puntuación total del concurso-oposición.
Respetará en todo caso las siguientes reglas:

b.1. La puntuación máxima de la experiencia profesional no podrá superar el 35% del baremo del concurso-oposición.

b.2. En los grupos A1 y A2 sanitario, la puntuación máxima de la formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud no podrá superar el 11% del baremo del concursooposición.

  • b.3. La puntuación máxima de la Formación Académica no podrá superar el 7,5% del baremo del concurso-oposición.
  • b.4. La puntuación máxima por la superación de la fase de oposición no podrá superar el 10% del baremo del concurso-oposición para el personal licenciado sanitario (subgrupo de clasificación A1); el 20% para las categorías de personal sanitario adscritas a los subgrupos de clasificación A2, C1 y C2 y de gestión y servicios A1, A2 y C1; y el 30% para las categorías de gestión y servicios C2 y agrupaciones profesionales «E».
  • b.5. La puntuación máxima de las actividades de investigación no podrá superar el 4% del baremo del concurso-oposición.
  • b.6. La puntuación máxima de las actividades de formación continuada no podrá superar el 30 % del baremo del concurso-oposición. b.7. La puntuación máxima de las actividades docentes no podrá superar el 4% del baremo del concurso-oposición

Enlace al BOJA 

Más información en la web del SAS

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