Así lo prevé la norma que aprobó el Consejo de Ministros y que se publicó el BOE,
que determina que el decreto entrará en vigor "el primer día del tercer
mes siguiente" al de su publicación en el boletín oficial.
Este decreto modifica el anterior de
2014 que regula la gestión y control de los procesos por incapacidad
temporal en los primeros 365 días.
El principal cambio que introduce es
que el trabajador ya no será quien entregue la copia de la baja a la
empresa, sino que lo hará la Administración de forma telemática. Solo se
entregará una copia al trabajador y se elimina la segunda copia.
Además, los médicos podrán rebajar los plazos de revisión en función de la evolución del proceso.
Los cambios del
decreto serán de aplicación, a partir de su entrada en vigor, a los
procesos que en ese momento se encuentren en curso y no hayan superado los 365 días de duración. |