Inicio    Buscador de Colegiados    Contactar
Formación Rincón del Colegiado Ventanilla Única Receta Privada

Ofertas de Empleo

 
Actualidad: Noticia
Acceso excepcional al nivel I y II de Carrera Profesional: el plazo termina el 17 de junio
"Permite que puedan optar a dichos niveles sin necesidad de permanecer el mínimo de años de manera obligatoria en el nivel anterior, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos para el nivel solicitado."
Fecha de Publicación : 31-05-2022
 

Se informa que en la resolución dictada por la Dirección General de Profesional del SAS, publicada el 27 de mayo de 2022 en el BOJA, se acuerda con carácter excepcional y por una sola vez, el reconocimiento de los niveles I, II  de CARRERA PROFESIONAL del Personal Estatutario del Servicio Andaluz de Salud, que permite que puedan optar a dichos niveles sin necesidad de permanecer el mínimo de años de manera obligatoria en el nivel anterior, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos para el nivel solicitado.

Requisitos para el acceso excepcional a los NIVELES I y II de Carrera Profesional

a) Tener la condición de personal estatutario en la categoría en la que solicita y estar en situación de activo o en situación distinta que suponga una reserva de plaza.

  • No pertenecer a categorías declaradas a extinguir.

b) Para el acceso al primer nivel retribuido

  • Tener acreditados al menos 5 años de servicios efectivos en la categoría/especialidad a la que se opta (incluye los contratos temporales).
  • Haber obtenido en la media de las tres mejores puntuaciones de los últimos 5 años una evaluación de los objetivos individuales y de la Evaluación del desempeño personal superior o igual al 65% (según Complemento Productividad CRP).

c) Para el acceso al segundo nivel retribuido

  • Tener acreditados al menos 10 años de servicios efectivos en la categoría/especialidad a la que se opta.
  • Acreditar la evaluación favorable de la competencia, aptitud e idoneidad obtenida por la superación del correspondiente proceso selectivo para obtener la condición de personal estatutario, en la categoría y en su caso especialidad a la que opta (ser personal estatutario fijo).

Presentación de solicitudes

La solicitud adhesión al sistema de carrera en el nivel I y de participación en los procesos certificación de carrera profesional en los niveles II y III en el caso del personal funcionario de Instituciones Sanitarias deberá formularse, a través de «la Ventanilla Electrónica de Profesionales» alojada en la web corporativa del Servicio Andaluz de Salud aquí.

Deberá cumplimentar el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de solicitud de participación.

Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).

La persona interesada deberá registrar electrónicamente en el formulario de inscripción los requisitos de admisibilidad establecidos y acreditar su cumplimiento mediante la presentación, según proceda de uno de los siguientes documentos o autorizaciones:

a) En las solicitudes referidas exclusivamente a los niveles I y II, se debe AUTORIZAR A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL a recabar los datos obrantes en GERHONTE de servicios prestados y de la evaluación favorable de la competencia, aptitud e idoneidad acreditada a través de la superación de un proceso selectivo.

Sólo en el caso de no estar conforme con los requisitos para el acceso deberá adjuntar copia de su certificado de servicios prestado y, en su caso de haber superación de un proceso selectivo.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del primer día hábil posterior a la publicación de la presente resolución (es decir el próximo 17 de junio de 2022).

Efectos

  1. La presente resolución surtirá efectos desde el día 31 de mayo de 2022.
  2. Los efectos derivados del nivel de carrera profesional alcanzado por un profesional serán los establecidos en el en el Anexo V del Acuerdo de 19 de abril de 2022, esto es:

Las retribuciones vendrán dadas a partir del Complemento de Carrera Profesional cuyo importe anual total que se especifica en el Anexo III, se distribuirá en doce mensualidades y por el tiempo que dicho profesional permanezca en el nivel certificado.

El reconocimiento económico se realizará con efectos de 1 de mayo de 2022.

 

 
C/ Gonzalez García nº 11, 1º 21003 Huelva
Telefonos: 959 24 01 99 - 959 24 01 87
Fax: 959 54 12 00
administracion@comhuelva.com
Aviso Legal | Politica de Privacidad