Habiéndose recibido en la Sede del Colegio Oficial de Médicos de
Huelva comunicación girada por la Junta Electoral Provincial, referente al Voto
por Correspondencia, se informa a dichos efectos a todos los facultativos
colegiados los siguientes extremos:
En aquellos supuestos de Voto por Correspondencia mediante
representante por causa de enfermedad o incapacidad que impida formular
personalmente la solicitud, se hace constar a los facultativos que realicen la
correspondiente Certificación Médica Oficial , hagan constar en ella, entre
otros aspectos, los extremos relativos a la situación de la enfermedad o
incapacidad del elector de manera descriptiva puesto que la existencia de la
enfermedad o incapacidad quedará por tal Certificación, mientras que la
valoración de si la misma impide o no la solicitud personal es competencia
exclusiva de la Junta Electoral Provincial.
Se da traslado de dicha comunicación a los efectos informativos
oportunos, ante la posibilidad de tener que realizar dichos Certificados en
fechas próximas.
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