CONVOCATORIA DE ELECCIONES
Debiéndose proceder a la renovación del cargo de Presidente del
Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Huelva, por expiración del plazo para el
que fue elegido, el Pleno de la Junta Directiva en sesión celebrada el 8 de
Noviembre de 2016, acuerda convocar elecciones para el día 6 de Marzo de 2017,
ajustándose estas a la Orden de 8 de Septiembre de 2009 (BOJA 197 de 7 de
Octubre) por la que se aprueban los Estatutos de esta Corporación.
En
virtud de ello, conforme a lo estipulado en el calendario electoral, con fecha
de 1 de Diciembre de 2016 se convocan Elecciones al cargo de Presidente
del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Huelva, con apertura del plazo de 30
días para presentación de candidaturas.
Lugar
de publicación del Censo Electoral
El censo electoral estará expuesto en las oficinas
del Colegio, durante un plazo de quince días a partir del sexto a la
Convocatoria de las elecciones para su comprobación y corrección de errores.
Durante este plazo se podrá formular reclamación dirigida a la Junta Electoral,
que se presentará en el Registro del Colegio. Estará actualizado al día previo
a su exposición.
Plazo
de presentación de Candidaturas.
Convocatoria de elecciones y apertura de plazo para
presentación de candidaturas:
1 DE
DICIEMBRE DE 2016
Finalización del plazo de 30 días naturales para
presentación candidaturas:
2 DE ENERO
DE 2017
Fecha
de proclamación de candidaturas por la Junta Directiva
La proclamación de candidatos será el:
3 DE FEBRERO
DE 2017
Fecha,
lugar y hora de las votaciones
El 6 DE MARZO
DE 2017, en la Sede del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Huelva, sito
en nuestra ciudad, en la calle Arcipreste Gonzalez García 11- 1º, de 10 a 18
horas.
Voto
por correo
De conformidad con lo establecido en el art. 58 de
nuestros Estatutos, la regulación del Voto por correo que establecida del siguiente
tenor:
Los colegiados que prevean que en la fecha de la votación se hallarán ausentes para ejercer
su derecho de voto, o que no puedan personarse el día de la votación, pueden emitir su voto por correo. Para tal fin, deberán dirigirse, por escrito debidamente identificado y firmado, a la Junta Electoral. Ésta remitirá a la
persona interesada un carta conteniendo un ejemplar de cada una de las papeletas para las votaciones, cada una con su correspondiente
sobre, y un sobre, en el cual, una vez introducidas
las papeletas de votación, cada una dentro de su sobre correspondiente debidamente cerrado, la persona interesada deberá firmar,
para servir de comprobación
de la identidad del votante. Todo ello deberá ser enviado a la Junta Electoral de forma que quede asegurada su llegada antes del cierre de la Mesa Electoral. Los votos que se reciban con posterioridad, serán destruidos sin ser abiertos.
La Junta Electoral, recibidos los sobres debidamente identificados con las firmas de los electores, dentro de los cuales, debidamente cerrados,
van los sobres de las papeleteas de
votación, recabará la intervención de la Secretaría de la Junta Directiva para la identificación de las firmas y la comprobación de la identidad de la persona que está ejerciendo su derecho al voto. Luego, custodiará
estos sobres y los entregará a la Mesa Electoral, el día de las elecciones, una vez cerrado
el horario de votación personal.
En cualquier
caso, el ejercicio
personal
del derecho
al voto, anula el voto emitido por correo.
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